X

¿Se paga doble por trabajar el Jueves Santo?

En el marco del próximo fin de semana XXXL, muchos argentinos se preguntan qué pasa el jueves 28 de marzo.

¿Se paga doble por trabajar el Jueves Santo?
Actualizada: 23/03/2024 21:43
PUBLICIDAD

Mientras esperan el próximo feriado nacional, muchos argentinos ya se anticipan y se preguntan si podrán o no disfrutar del fin de semana largo de seis días en el cierre de marzo, ya que no todos son asuetos.

Se sabe por calendario oficial que junto a Semana Santa hay otros dos feriados, generando un inédito fin de semana XXXL. Pero, ¿qué pasa con los días no laborables?

Qué significa que el Jueves Santo es “día no laborable”: ¿se paga doble?

Para quienes no tengan que trabajar el 28 de marzo (Jueves Santo), que es una jornada no laborable, habrá seis días de descanso, ya que el 29 de marzo (Viernes Santo) es feriado.

El jueves en realidad no es un feriado nacional, sino que es “día no laborable”, es decir, optativo de acuerdo al sector laboral: el empleador puede elegir si trabaja o no, excepto para bancos, seguros y actividades afines.

Los trabajadores que presten servicio ese día percibirán el salario simple, y en caso de optar por el día no laborable, la jornada será igualmente abonada.

¿Cómo se paga un feriado según la LCT de la Argentina?

Según la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) de Argentina, en los días feriados nacionales, se aplican las normas legales relativas al descanso dominical. Esto implica que los empleados que trabajen en un feriado tienen derecho a percibir su salario habitual por ese día trabajado más un adicional equivalente al doble de su jornada habitual. Es decir, se les debe abonar el doble de lo que cobrarían por trabajar un día normal. Esta disposición busca compensar el trabajo en un día que generalmente se considera de descanso obligatorio. (NA)

PUBLICIDAD

EN PORTADA EL CHORRILLERO

SUBIR